Defendemos tu libertad, cuidamos tu reputación y protegemos tu futuro. Mas de 30 años defendiendo casos complejos con total discreción. Atención rápida.
Sabemos que estás viviendo uno de los momentos más difíciles de tu vida. Una acusación de este tipo genera miedo, ansiedad y puede afectar tu trabajo, familia y reputación. No estás solo/a: hemos acompañado a cientos de personas en situaciones similares y sabemos exactamente cómo actuar desde el primer minuto.
Hemos intervenido en multitud de procedimientos relacionados con delitos sexuales, obteniendo absoluciones en alto porcentaje de casos con pruebas débiles y reducción significativa de penas en conformidades estratégicas.
Personas denunciadas por delitos contra la libertad sexual
Casos de sexting, grooming, pornografía infantil, chantaje sexual
Situaciones con contradicciones evidentes o intereses ocultos
Padres, parejas que necesitan orientación legal y emocional
Información protegida por secreto profesional.
El equipo de abogados de Rovira Llor está altamente cualificado y preparado para afrontar eficazmente cualquier proceso penal en el ámbito nacional . Nuestras oficinas en Barcelona hacen que nuestro equipo de abogados se pueda integrar de forma eficaz con nuestros clientes.



Si es la palabra de uno contra la del otro, sin nada más, la Sentencia deberá ser absolutoria por aplicación del principio “in dubio pro reo”. El TC ha fijado que si concurre un triple test que refuerza la declaración de la víctima, el tribunal penal podrá considerar enervada la presunción de inocencia y condenar al denunciado. Estas 3 circunstancias que deben acompañar a la declaración de la víctima son:
1ª) Persistencia en la incriminación por parte de la víctima a lo largo del tiempo sin contradicciones en lo esencial y haber explicado los hechos a personas de confianza poco después de haber acontecido los hechos.
2ª) Falta de ánimo espurio, a causa de enemistad, o por la obtención de una determinada ventaja, o cualquier otro aspecto que pueda incidir en la credibilidad subjetiva de la víctima, la esencia es ¿por qué razón una persona ha de victimizarse de este modo para denunciar una falsedad? ¿Qué gana con ello?.
3ª) Indicios periféricos que corroboren la declaración de la víctima tales como vestigios (liquido seminal, ADN, magulladuras, lesiones o desgarros, shock postraumático; informes psicológicos compatibles con haber sido víctima de una agresión sexual); habérselo explicado a terceros poco después de haber sucedido los hechos.
Este triple test del TC se sustenta en que la gran mayoría de agresiones sexuales ocurren sin la presencia del testigo, y la obligación del Estado es proteger a las víctimas, con lo que de concurrir estos elementos la presunción de inocencia queda enervada por entender que hay indicios racionales de criminalidad.
No será lo habitual salvo en agresiones sexuales graves, como las cometidas con violencia o con intimidación o drogando o privando de sentido a la víctima para evitar su defensa.
Hay que declarar para mantener un relato acorde con nuestra estrategia, pero sólo cuando sepamos exactamente, es decir, al detalle, los hechos que se nos imputan, no hay prisa por declarar, lo vital es evitar contradicciones que nos quiten toda credibilidad. En función de la estrategia, de si nos vamos a declarar inocentes o vamos a buscar atenuantes o eximentes, la declaración deberá prepararse en uno u otro sentido.
El nuevo abogado, si lo entiende conveniente, pedirá una nueva declaración ante el Juzgado, o si va por sumario aprovechará la declaración indagatoria, en función del momento procesal, siempre para adaptar la declaración a la estrategia de defensa que se haya determinado, en función de la valoración de cada caso concreto.
Si, durante el proceso penal el acusado se verá privado del régimen de visita y de custodia. SI posteriormente hay una Sentencia condenatoria, habrá además prohibición de comunicación y aproximación con los hijos y prohibición de realizar trabajos o actividades con menores de edad, además de figurar en el Registro de Agresores Sexuales, que pude durar hasta 30 años.
Depende del tipo de agresión sexual, si hablamos de tocamientos por encima de la ropa: 3.000€; si nos acusan de tocamientos por debajo de la ropa, en la vagina o en el ano: 5.000€; si hablamos de acceso carnal en vía bucal, vaginal o anal con violencia o intimidación 10.000€; si no hay intimidación o «Stealthing» (quitarse el preservativo sin permiso): 6.000€. Tipos especialmente agravados: 12.000€
Nuestro despacho actúa en todo el territorio nacional y actualmente
llevamos defensa y acusación de este tipo de procesos en todas las Comunidades de España, salvo Ceuta y Melila,
también en Islas Canarias.