Más de 30 años de experiencia penal al servicio de empresas, socios y acreedores. Abordamos fraudes internos, administración desleal, apropiación indebida y ocultación de patrimonio para definir la estrategia jurídica más adecuada. Actuación ágil, análisis riguroso y absoluta confidencialidad.

Te mantendremos informado de cada fase del procedimiento, con una estrategia clara, razonada y adaptada a los objetivos de tu empresa o reclamación.


1ª) Análisis de la estafa, administración desleal o apropiación indebida;
2ª) Trazabilidad de movimientos y bienes, y valoración de medidas cautelares cuando proceda;
3ª) Coordinación de la vía penal con las acciones civiles o mercantiles necesarias.
Descubrir que un socio, administrador, empleado, proveedor o tercero ha desviado dinero puede poner en riesgo años de trabajo. También puede ocurrir que una deuda reconocida deje de cobrarse justo después de que el deudor transfiera, venda u oculte sus bienes.
La incertidumbre, el daño económico y el temor a que desaparezcan las pruebas o el patrimonio exigen actuar con método. Un impago no siempre es delito, pero un fraude documentado o una insolvencia provocada pueden requerir una respuesta penal.
Ordenamos la cronología, examinamos la documentación y valoramos la viabilidad de las vías penal, civil y mercantil. El objetivo es proteger tu posición y reclamar las responsabilidades que procedan.
Cuanto antes preservemos correos, contratos, contabilidad y movimientos patrimoniales, mejor podremos evaluar las opciones del caso.
Información protegida por secreto profesional. Confidencialidad garantizada.
Revisamos la cronología, los contratos, las comunicaciones, la contabilidad y los movimientos de bienes para ofrecerte una valoración profesional de viabilidad, estrategia, alcance y próximos pasos, con total confidencialidad.
No somos abogados generalistas: somos penalistas con experiencia en delitos económicos y patrimoniales.
Disponibilidad real:
Experiencia:
El equipo de abogados de Rovira Llor está cualificado para afrontar procedimientos penales económicos y patrimoniales en todo el territorio nacional. Desde nuestras oficinas en Barcelona trabajamos de forma directa y coordinada con empresas, socios y acreedores perjudicados.
Ordenamos contratos, correos, facturas, transferencias y decisiones societarias para identificar el engaño, el perjuicio y la intervención de cada persona.
Seguimos documentalmente el destino de los fondos y los movimientos patrimoniales para detectar beneficiarios, sociedades vinculadas y posibles ocultaciones.
Identificamos la información que debe conservarse y valoramos diligencias o medidas cautelares para evitar que desaparezcan documentos o bienes.
Definimos los hechos, responsables, indicios y diligencias de investigación necesarios para ejercer la acusación con una base probatoria coherente.
Valoramos conjuntamente la vía penal, civil y mercantil para evitar actuaciones contradictorias y orientar el procedimiento a la reparación del daño.
No. El simple impago o incumplimiento contractual suele pertenecer a la vía civil o mercantil. Para hablar de estafa debe analizarse si existió un engaño bastante que provocó una disposición patrimonial y un perjuicio. La documentación y el momento en que surgió el engaño son decisivos.
En la estafa, el perjuicio nace de un engaño que induce a realizar un acto de disposición. En la apropiación indebida, alguien hace suyo dinero o bienes que recibió con obligación de devolverlos o entregarlos. En la administración desleal, quien gestiona patrimonio ajeno excede sus facultades y causa un perjuicio. La calificación depende de los hechos y de la prueba.
Es la expresión habitual para describir actos dirigidos a ocultar, transmitir o reducir el patrimonio del deudor con el fin de dificultar o impedir que los acreedores cobren. El encaje penal concreto depende de la existencia de una obligación, las operaciones realizadas, su finalidad y la prueba disponible.
Puede acreditarse mediante escrituras, notas registrales, cambios societarios, transferencias, contabilidad, facturas, comunicaciones y relaciones entre el deudor y los adquirentes. En un procedimiento también pueden solicitarse diligencias de investigación para completar la trazabilidad.
Sí, cuando concurren los requisitos legales pueden solicitarse medidas cautelares para asegurar posibles responsabilidades civiles o preservar bienes y prueba. Su adopción no es automática: la decide el órgano judicial según los indicios, el riesgo y la proporcionalidad.
Contratos, facturas, justificantes bancarios, correos, mensajes, contabilidad, actas, poderes, información registral, reclamaciones previas y resoluciones judiciales. Si falta documentación, en la primera revisión priorizamos qué obtener y cómo conservarla.
Sí. Muchos asuntos nacen dentro de la propia empresa. Deben revisarse las facultades de la persona implicada, el destino del dinero o los bienes, las autorizaciones existentes, el perjuicio causado y la posible participación de terceros.
Depende del origen del perjuicio, la prueba disponible y el objetivo. La vía penal no sustituye una reclamación ordinaria por un mero incumplimiento, pero puede ser adecuada cuando existen indicios de engaño, apropiación, administración desleal u ocultación patrimonial. En algunos casos conviene coordinar varias vías.
La duración y el coste dependen del volumen documental, el número de investigados, las diligencias y las instancias del procedimiento. Tras revisar el caso te explicamos la viabilidad, las fases, los honorarios y los plazos orientativos antes de iniciar la estrategia.
Pagos a cuentas personales, gastos ajenos al negocio o salidas de tesorería que no encajan con contratos, facturas o autorizaciones.
Ventas, donaciones o aportaciones a sociedades vinculadas realizadas cuando el deudor ya conoce la reclamación o el riesgo de ejecución.
Desaparición de activos, clientes o personal mientras una nueva sociedad vinculada continúa el mismo negocio.
Facturas duplicadas, documentos contradictorios, información financiera alterada o mensajes que revelan un destino distinto de los fondos.